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Requisitos generales para escrituras públicas

Requisitos generales para escrituras públicas

Para la elevación a Escritura Pública existen requisitos generales (aplicables a todos los actos o  contratos) y otros especiales, que corresponden sólo a algunos actos o contratos.

Beneficios:

Una Escritura Pública tiene el beneficio de otorgar fecha cierta a todos los actos y contratos. El Notario corrobora la identidad de los contratantes y su contrato se conserva para siempre en su Archivo Notarial, pudiendo obtener copias a través de Testimonios y Partes Notariales, todas las veces que sean necesarias.

Requisitos:

Minuta suscrita por todos los contratantes y autorizada por Abogado Colegiado. Ello excepto en los siguientes casos:

  • Otorgamiento, aceptación, sustitución, revocación y renuncia del mandato
  • Renuncia de nacionalidad
  • Nombramiento de tutor y curador en los casos que puede hacerse por escritura pública.
  • Reconocimiento de hijos.
  •  Adopción de mayores de edad.
  •  Autorización para el matrimonio de menores de edad otorgada por quienes ejercen la patria potestad
  •  Aceptación expresa o renuncia de herencia
  •  Declaración jurada de bienes y rentas
  •  Declaración de voluntad de constitución de pequeña o microempresa.

 

Documento Nacional de Identidad (Original y Copia Simple) de los contratantes. El Documento Nacional debe encontrarse vigente (revisar su fecha de caducidad) y contener la constancia de última  votación o dispensa de sufragio (pago de la multa respectiva). Si desea mayor información sobre el DNI, hacer clic en el siguiente vínculo: http://www.reniec.gob.pe

En el caso de Extranjeros presentarán:

  • Carnet de Extranjería vigente (Original y Copia) y pago de la tasa del año en curso
  • Pasaporte (Original y Copia) con visación que lo autorice a celebrar negocios en el territorio nacional.Si desea mayor información sobre el Carnet de Extranjería, su canje y las autorizaciones de visado del Pasaporte hacer clic en el siguiente vínculo: http://www.migraciones.gob.pe .

En caso que alguno de los contratantes actúe a través de representantes (apoderado) presentarán adicionalmente:

  • Certificado de Vigencia de Poder expedido por la SUNARP.

En caso que alguno de los contratantes actúe en representación de una persona jurídica presentarán adicionalmente:

  • Certificado de Vigencia de Poder expedido por la SUNARP.
  • Si se solicita constancia o fe de entrega notarial deberá presentar:
    • El cheque original.
    • 02 copias a ser entregado.