Experiencia, seguridad y calidad en el servicio notarial.

Prescripción adquisitiva de inmuebles

Prescripción adquisitiva de inmuebles

Los propietarios poseedores que no tienen títulos suficientes para inscribir su derecho en el Registro Público, pueden iniciar un procedimiento notarial no contencioso, siempre que se pueda demostrar su posesión, pacífica, pública y continua por un plazo no menor de 10 años.

Beneficios:

Permite la regularización de los títulos de un predio que tiene la calidad de Urbano o ser considerado por la municipalidad como tal, con una inscripción en el Registro Público. Plazo aproximado que dura  el trámite 3 meses.

Requisitos:
  • Solicitud firmada por Abogado.
  • Declaración de 3 a 6 testigos.
  • Pruebas documentales que sustenten la posesión: Certificados de posesión, de contribuyentes, HR, PU de todos los años. Pagos de servicios públicos, entre otros.
  • Partida Registral del Inmueble.
  • Nombres y Ubicación de los Colindantes
  • Planos de Ubicación y distribución del inmueble visado por el Municipio.

Importante: Para realizar este servicio debe revisar los REQUISITOS GENERALES PARA ESCRITURAS PÚBLICAS .